Credencial 2024

Se solicita al Gobierno Ecuatoriano pueda brindarle las facilidades necesarias para que nuestro representado pueda realizar todas las actividades en este país hermano en favor de la Defensa, Protección y Promoción de los Derechos Humanos.

LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Reglamento General de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Artículo 66 de la Constitución de la República, numeral 19 del reconoce y garantiza el derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección;

Registro Oficial 459 de 26 de mayo de 2021, se expidió laLey Orgánica de Protección de Datos Personales, en cuyo artículo 2 se dispone que la Ley regula el tratamiento de datos personales contenidos en cualquier tipo de soporte.

Nuestros Miembros

CONSEJEROS DIRECTIVO

COMISIONADOS

Art. 2.- Ámbito de aplicación material.- La presente Ley se aplicará al tratamiento de datos personales contenidos en cualquier tipo de soporte, automatizados o no, así como a toda modalidad de uso posterior. .

Consentimiento.-  Se manifesta de la voluntad libre, específica, informada e inequívoca, brindada por el que el titular de los datos personales autoriza al responsable del tratamiento de los datos personales a tratar los mismos

Folleto Documentos Basicos CIDHPDA
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REGISTRO OFICIAL MIEMBROS CIDH PDA 2023
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